Resumen: Condena por dos delitos de abuso sexual sobre persona menor de 16 años, con introducción de miembros corporales y prevalimiento de relación de parentesco. Se aplica retroactivamente la normativa dimanada de la Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre por entenderse más favorable. La menor, de 14 años, convivió durante unas dos semanas con su padre, con el que tenía escasa relación, y con parte de la familia paterna, coincidiendo con la declaración del confinamiento domiciliario por el Covid-19. En esa situación, en dos noches distintas, fue objeto de tocamientos y de penetración vaginal con los dedos por su padre y por un tío-abuelo. En menores de 16 años se establece una presunción iuris et de iure sobre la ausencia de consentimiento a mantener cualquier acto con contenido sexual. Se aprecia la agravante específica de prevalimiento: dada la desproporción de edad entre víctima y acusados, la relación de parentesco, padre y tío abuelo de la menor, la convivencia familiar en el momento de los hechos, así como la ejecución en el domicilio paterno en el que convivían ambos acusados con la menor a la que debían cuidar, no puede, por menos, que apreciarse una relación especial con la menor, que sin duda fue aprovechada por aquellos para intentar conseguir el fin libidinoso pretendido. Se indemniza por el daño moral, al establecer el informe pericial la repercusión a nivel emocional, conductual, social y cognitivo que produjeron los hechos en la menor.